Empresas simulan competencia y obtienen contratos con el IMSS

Por Jennifer Vargas

febrero 23, 2023 | 6:00 am


Este reportaje es parte del Hub de Periodismo de Investigación de la Frontera Norte, un proyecto del International Center for Journalists en alianza con el Border Center for Journalists and Bloggers.

Las empresas ligadas a una familia han concursado simultáneamente en licitaciones públicas, obteniendo contratos para reparación o mantenimiento de equipo médico, pese a que esto está prohibido por la Ley.

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) ha otorgado por lo menos 9.4 millones de pesos en contratos a dos empresas de Chihuahua que han simulado competencia entre sí y que al momento se encuentran inhabilitadas por dos años.

Una de estas compañías, llamada Flexus S.A. de C.V pertenece al empresario peruano Alex Iván Castillo Rojas, quien en 2019 fue detenido -y liberado días más tarde- por la Fiscalía General del Estado (FGE) de Chihuahua por un presunto acto de “extorsión en contra de funcionarios del Seguro Social”, según informó en su momento el Fiscal General del Estado, César Augusto Peniche Espejel quien estuvo en el cargo de 2016 a 2021 y cuya noticia fue publicada en algunos portales de la localidad.

Imagen promocional de la empresa New World Technology

Imagen promocional de la empresa New World Technology (obtenida de internet).

La segunda compañía, llamada ‘New World Technology S.A. de C.V.’ es propiedad de Christian Paul Castillo Rojas y Yuri Santiago Castillo Rojas, ambos de origen peruano de acuerdo con las actas constitutivas obtenidas vía Registro Público del Comercio; las dos personas tendrían un vínculo familiar con Alex Iván, ya que tienen los mismos apellidos y nacionalidad.

acta constitutiva de Flexus SA de CV

Acta constitutiva de Flexus, aparece el nombre de la empresa y la ciudad que es su sede; también se remarcan los nombre de los socios Manuel Rojas Yalico y Alex Iván Castillo Rojas y  se resalta el nombre de la comisaria Eloisa Godínez Ochoa.

Acta constitutiva de New World Technology

Acta constitutiva de New World Technology, en la primera página aparece el nombre de la empresa y la ciudad que es su sede; en la segunda página se resaltan los nombres de los socios Christian Paul Castillo Rojas y Yuri Santiago Castillo Rojas; se remarca el nombre de la comisaria Eloisa Godínez Ochoa.

Las empresas New World Technology S.A de C.V., y Flexus S.A de C.V., están registradas en Chihuahua, Chihuahua, con cuatro años de diferencia. La primera fue creada en 2010 y la segunda en 2014. 

Además, cuentan con la misma “comisaria” o persona encargada de vigilar las sociedades, cuyo nombre es Eloisa Godínez Ochoa.

La simulación

A pesar de que estas compañías tienen nexos entre sí, esto no ha impedido que en más de una ocasión hayan participado juntas en licitaciones nacionales y estatales realizadas por el Instituto Mexicano del Seguro Social y el estado de Sinaloa.

Eso ocurrió a pesar de que en el artículo 50 de la Ley General de Adquisiciones se establece que las dependencias y entidades deben abstenerse de contratar a proveedores que presenten proposiciones en una misma partida de un bien o servicio en un procedimiento de contratación al encontrarse vinculadas entre sí por algún socio o asociado común, al igual que lo marca el artículo 60 de la misma Ley aplicable en el estado de Sinaloa.

La FGE y el IMSS se negaron a ofrecer detalles sobre la investigación del presunto delito cometido por Alex Iván Castillo Rojas y la aparente simulación de contratos aun cuando se les buscó por separado en al menos 7 ocasiones.

La paraestatal Servicios de Salud de Sinaloa no sólo hizo caso omiso a lo que marca la ley anteriormente descrita, sino que además fue la propia dependencia la que invitó a las empresas a participar en un proceso restringido de cuando menos tres proveedores con el número SSS-IA-014-2018, para dar el servicio de mantenimiento preventivo y correctivo a equipo médico.

Incluso, el tercer proveedor invitado al concurso de nombre Diego Damián Peral Calzada, es conocido y socio comercial de los Castillo Rojas, pues en el 2021 formaron una empresa juntos. 

No obstante, el proceso no se desarrolló luego que Diego Damián, fuera desestimado por no cumplir los requisitos de la convocatoria y finalmente las autoridades sinaloenses cancelaron el concurso al no cumplir con la cuota de tres proveedores, pero no hubo indicios de que fuera por la relación que mantienen.

Acta del fallo del proceso de invitación a cuando menos tres proveedores realizado por Servicios de Salud de Sinaloa

Acta del fallo del proceso de invitación a cuando menos tres proveedores realizado por Servicios de Salud Sinaloa el 14 de diciembre de 2018 ( marcado con el 1); en el número 2 se resaltan los nombres de los tres invitados a concursar; en el apartado 3 se indica que se desecha la propuesta de Diego Damián Peral Calzada; con el número 4 se marca que no se puede llevar a cabo la adjudicación y en el punto 5 se declara desierto el procedimiento de adjudicación.

Diego Damián es un recurrente proveedor del IMSS que al menos, desde 2009, ha ganado 40 contratos por un monto total de 4 millones de pesos, 23 de estos fueron por adjudicación directa y los 17 restantes por licitación, de acuerdo con una ficha elaboradora por la institución.

Algunos de los conceptos en los contratos fueron compras de productos como pinzas, sensores de oxígeno, incluso focos.

El 29 de marzo de 2021, de acuerdo con contratos publicados en Declaranet, las empresas de los Castillo Rojas participaron en la licitación del IMSS LA-050GYR027-E26-2021 marcada como adquisición de consumibles para equipo médico, donde New World Technology ganó parte del contrato por 803 mil pesos, mientras que Flexus obtuvo otra parte por un total de 1 millón 268 mil 395 pesos con IVA.

Cabe mencionar que en total 33 empresas obtuvieron el contrato en dicha licitación, lanzada por la Coordinación de Abastecimiento y Equipamiento de Guanajuato.

Partidas ganadas por New World Technology

Partidas ganadas por New World Technology con el IMSS, (1) indica que el procedimiento de licitación fue el LA-05GYR027-E26-2021; (2) menciona que el motivo del contrato fue la adquisición de consumibles para equipo médico del 2021; (3) señala el inicio y fin del contrato; (4) se indican los montos de cada partida, y (5) se resalta el nombre del contratista New World Technology.

Partidas ganadas por Flexus con el IMSS en la misma licitación

Partidas ganadas por Flexus con el IMSS, en el mismo procedimiento que la empresa New World Technology, (1) LA-05GYR027-E26-2021, por el mismo motivo (2) adquisición de consumible para equipo médico; (3) fecha de inicio y final; en punto 4 se indica el monto de cada partida; finalmente se marca con el 5 el nombre de la empresa Flexus.

En una revisión a la descripción de las actividades que realizan ambas empresas de acuerdo con las actas constitutivas de las empresas de los Castillo Rojas, estas son similares, y entre ellas se destacan la venta, importación, distribución y comercialización de equipo médico, biomédico y de análisis clínicos.

Otra similitud que tienen estas empresas, es que ambas están marcadas como sancionadas por la federación, en el caso de New World Technology, actualmente enfrenta una inhabilitación por 2 años 6 meses que comenzó el 21 de abril de 2022 y concluirá el 21 de octubre de 2024; mientras que Flexus ha sido inhabilitada por dos años, iniciando el 07 de mayo de 2022 y la cual concluirá el 07 de mayo de 2024, además que a cada una le impusieron sanciones económicas.

Las dos compañías fueron inhabilitadas por falsear datos en procesos de licitación, de acuerdo con las investigaciones de la SFP. 

En el caso de Flexus falseó información a través de cada una de las treinta y dos certificaciones que presentó. New World por su parte también falseó información en sus cincuenta y dos certificaciones.

Las compañías sin embargo recibieron contratos semanas antes de que entrara en vigor la sanción, mismos que se desconoce si fueron revocados o concluyeron con los trabajos asignados a pesar de que en el proceso se inició con el plazo de inhabilitación.

Un ejemplo es que, con fecha del primero de febrero de 2022, tres meses antes de que entrara en vigor su sanción, Flexus recibió un contrato por 62 mil 700 pesos sin IVA bajo el título: “mantenimiento preventivo y correctivo con refacciones a 1 máquina de anestesia de la marca mindray modelo A5”. De parte de la unidad compradora: IMSS-Unidad Médica de Alta Especialidad, Hospital de Gineco Obstetricia del Centro Médico Nacional de Occidente, mismo que debió concluir el 31 de diciembre de 2022 aún y cuando la fecha de inhabilitación ya estaba en curso.

Con el fin de obtener mayor información sobre los contratos asignados a las empresas New World Technology, Flexus, Corporativo Dijech así como a Diego Damián Peral Calzada se contactó por lo menos siete veces al Instituto Mexicano del Seguro Social para obtener su postura, y a pesar de que recibieron la petición, al cierre de este reportaje no se obtuvo una respuesta.

De igual manera se intentó contactar a las empresas a través de los correos y números registrados en información compartida por ellos mismos a las instancias federales, en lo cuales se pidió fijar una postura respecto al tema, sin embargo, no han respondido de enterados.

En cuanto a las llamadas realizadas, dos números conseguidos que supuestamente son de la empresa New World Technology indican que no existen. Al llamar al Corporativo Dijech también marcó un número inexistente.

La única llamada que tuvo respuesta fue la realizada a Diego Damián Peral Calzada, pero atendió una mujer que indicó que la persona dueña del teléfono no se encontraba; al hacer un segundo intento de contacto la línea sonó varias veces y después la grabadora indicó que el número ya no existía.

Crean nuevas empresas

Tras las sanciones e inhabilitaciones de la Secretaría de la Función Pública, los hermanos Castillo Rojas y su conocido Diego Damián Peral Calzada crearon nuevas empresas con giros parecidos a las compañías sancionadas por el IMSS.

Estas empresas son: Corporativo Dijech; Mirnickel S.A de C.V. e Isilcom S.A de C.V. 

Acta constitutiva de Mirnickel

Acta constitutiva de Mirnickel, donde se resalta su nombre, que la ciudad  de Guadalajara es su sede, los nombres de los socios son Yuri Santiago Castillo Rojas y Martín Alonso Silvestre García y el nombre del comisario es Hugo Alejandro Hernández Sánchez.

Acta constitutiva de Isilcom

Acta constitutiva de Isilcom, donde se resalta su sede en Guadalajara, el nombre de los socios, Yuri Santiago Castillo Rojas e Ilse Córdova Morales, así como el nombre de su comisario Manuel Rojas Yalico.

Acta constitutiva de Dijech

Acta constitutiva de Dijech, donde se remarca su nombre y la sede en la Ciudad de México; así como el nombre de los socios Jennifer Estrada Bante, Christian Paul Castillo Rojas y Diego Damián Peral Calzada, finalmente se indica el nombre del comisario Gerardo Ramón Leal Galarza.

La empresa Isilcom fue inscrita en Guadalajara, el 28 de enero de 2021, teniendo como socios a Yuri Santiago Castillo Rojas y a Ilse Córdova Morales, entre las facultades descritas en su registro se encuentran adquirir, vender, importar, exportar, distribuir, comercializar, investigar, desarrollar y manufacturar bienes muebles considerados como insumos y productos finales destinados a laboratorios clínicos, hospitales, consultorios, instalaciones médicas.

El Corporativo Dijech fue creado el 4 de agosto de 2021 en la Ciudad de México integrando como socios a Jennifer Estrada Bante, Christian Paul Castillo Rojas y a Diego Damián Peral Calzada; las facultades de esta empresa también están relacionadas con la venta, importación, exportación, distribución comercialización, investigación, desarrollo y manufactura de bienes muebles considerados como insumos y productos finales destinados a laboratorios clínicos, hospitales, consultorios e instalaciones médicas.

En un ejercicio de búsqueda de las direcciones de las empresas, se puede constatar que el Corporativo Dijech así como Diego Damián Peral Calzada tienen su registro como domicilio la Alcaldía Gustavo A. Madero, en la Ciudad de México; con una distancia de 8 minutos en carro, aproximadamente.

Corporativo Dijech está ubicado en la calle Matanzas #1106 con código postal 7369, mientras que la ubicación de Diego Damián marca la calle Tepetates #15 con código postal 0710.

Ambos proveedores, se encuentran inscritos en el padrón de compras emergentes del IMSS.

De acuerdo con el IMSS, una compra emergente “es la adquisición que tiene por objeto satisfacer específicamente la necesidad imprevista de los bienes para darle la atención adecuada a un derechohabiente y permitan la operación de la Unidad Médica, afectando inventario, sin generar stocks en almacén o farmacia”.

En el caso de Mirnickel, esta empresa fue inscrita el 07 de abril de 2022, en Guadalajara, teniendo como socios a Yuri Santiago Castillo Rojas y a Martín Silvestre García, en su constancia de inscripción, se indica que puede adquirir, vender, importar, exportar, distribuir, comercializar, investigar, desarrollar y manufacturar bienes muebles considerados como insumos y productos finales destinados a laboratorios clínicos, hospitales, consultorios, instalaciones médicas, es decir, las tres cuentan con descripciones parecidas en su razón social.

Empresas sancionadas vigentes en RUPC

Por su parte la empresa New World Technology, inhabilitada por falsear información, se encuentra vigente en el Registro Único de Proveedores y Contratistas (RUPC) del Gobierno Federal.

Constancia de inscripción al Registro unico de proveedores y contratistas de la empresa New World Technology

Constancia de Inscripción al Registro Único de Proveedores y Contratistas (RUPC) de la empresa New World Technology.

Este no es un hecho aislado, puesto que 11 empresas proveedoras del IMSS y de otras dependencias de gobierno federal sancionadas por la SFP se encuentran vigentes en el RUPC.

Cabe aclarar que las empresas que a continuación se mencionan no tienen una relación con las anteriormente citadas, pero en todos los casos que se ejemplifican la SFP ha emitido comunicados para informar que las dependencias federales deben abstenerse de realizar contratos con estas.

En una revisión realizada al registro de empresas sancionadas de la SFP se detectó que las compañías Osteo Cen, Grupo Constructor Savelma, Ortho Rey, Valrep, Aztec Medic, Kinathix, Representaciones MD, El Osito Mandarín, Mundo Médico del Norte, Comercializadora de Productos y Materias Primas Cart así como  Prestadora de Servicios Pacifico Norte continúan vigentes en el RUPC.

Al cuestionar a la Secretaría de la Función Pública sobre porqué hay empresas que continúan en el Registro Único de  Proveedores y Contratistas a pesar de estar inhabilitadas y/o multadas, respondió que las sanciones previstas en las leyes en materia de contrataciones públicas no tienen los alcances de impedir al infractor inscribirse al Registro Único de Proveedores y Contratistas. 

De estas empresas, cinco obtuvieron contratos con el IMSS que se detallan a continuación:

Osteo Cen obtuvo un total de 183 millones 433 mil 993 pesos entre los años 2015 a 2017; pero fue hasta 2018 después de haber ganado un contrato en la invitación a cuando menos tres personas que se inició el proceso de inhabilitación en su contra y quedó inhabilitada hasta el año 2023. De 2017 a la fecha no ha tenido contratos con el IMSS. 

Ortho Rey es otra empresa que ganó un total de 71 millones 588 mil 655 pesos de 2015 a 2017, y su sanción fue publicada en el portal de proveedores sancionados en julio de 2021, misma que ya debió concluir en octubre de 2022, después de que el IMSS la acusara de entregar cartas de apoyo del fabricante  falsas.

Por su parte Mundo Médico del Norte se adjudicó 654 mil 656 pesos en total con el IMSS, pero en el año 2011 entró en vigor una sanción por un total de siete meses, pues no formalizó seis contratos con la dependencia “por causas imputables a ella” una vez que cumplió con su sanción fue hasta 2016 que volvió a tener contrataciones.

Otra empresa que también contratada y posteriormente sancionada por el IMSS es Aztec Médica, que obtuvo una inhabilitación de un año cinco meses que entró en vigor el 29 de noviembre de 2017 hasta el 29 de abril 2019, por “proporcionar información falsa” y por “entregar bienes con especificaciones distintas a las convenidas en el contrato”, aunque en el portal del IMSS se indica que incluso, en el mes de diciembre de 2017 (ya que estaba en vigor la inhabilitación) le siguieron adquiriendo productos, esto porque en el expediente indica que la fecha de vigor del contrato fue días antes de que la sanción iniciara.

Cabe resaltar que Aztec Médica sí obtuvo contratos durante el tiempo que fue sancionada, de acuerdo con lo que indica el portal de compras del IMSS.

Después, en febrero de 2020 entró en vigor otra sanción para Aztec Médica, misma que culminó en agosto de 2020, con una inhabilitación por seis meses, debido a que proporcionó información que no correspondió a la realidad. 

Ficha del portal del IMSS en donde aparede como proveedor Aztec Medica

Ficha del portal del IMSS, donde se describe lo siguiente: (1) nombre del proveedor Aztec Médica S.A de C.V (2) monto del contrato otorgado que fue por un total de 1 millón 235 mil 222 pesos; (3) se remarcan las fechas de inicio de contrato que fue el 12 de diciembre de 2017 al 31 de diciembre de 2018 (cuando ya estaba inhabilitada) y finalmente en (4) se indica que el procedimiento se realizó a través de una licitación pública.

El último contrato registrado de Aztec Médica con el Seguro Social fue en 2018, esta empresa ha obtenido en total 88 millones 37 mil 134 pesos.

En el caso de Representaciones MD, ha obtenido en total con el IMSS la cantidad de 245 millones 345 mil 432 pesos de 2016 al 2018, según el portal de proveedores de la instancia.

Representaciones MD ha sido la empresa que más incidencia ha tenido en las inhabilitaciones y multas, de acuerdo con la página de la Secretaría de la Función Pública, ha sido inhabilitada desde 2018, luego otra vez en 2019, una más en 2022 y la más reciente que inició en enero de 2023 y culminará en 2024, “por habérsele rescindido administrativamente dos contratos en una entidad y un pedido en una dependencia de la administración pública federal, en un plazo de tres años”.

Cuadro comparativo de proveedores sancionados y contratados por el IMSS

Cuadro comparativo de proveedores del IMSS que fueron sancionados (elaboración propia).

La Secretaría de la Función Pública también indicó que Los artículos 112 y 270 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, respectivamente, establecen que cuando se haya inhabilitado a un proveedor o contratista con posterioridad a la emisión de un fallo en el que se le adjudicó un contrato, las dependencias y entidades lo formalizarán.

En entrevista, Fernanda Avendaño, Coordinadora Anticorrupción del instituto mexicano para la Competitividad (IMCO) habló sobre aquellos proveedores de riesgo, ya que han sido sancionados por la Secretaría de la Función, y que pudieran llegar a incumplir cláusulas en los contratos de nueva cuenta.

Enfatizó que el que los vuelvan a contratar a pesar de haber sido sancionados, aún habiendo más opciones de proveedores, se debe a que “hay una falta de planeación y de investigación por parte de los organismos al momento de realizar contrataciones públicas, tanto a nivel federal como a nivel estatal en México”.

Cuando hay una sanción por parte de la Secretaría de la Función Pública no hay una debida diligencia de las instituciones para estar al tanto de lo que esto implica, por lo que al contratarlos incluso cuando la sanción está vigente puede haber “riesgos de corrupción y de ineficiencia en el proyecto que se trabaje”.

Avendaño también indicó que no es obligatorio estar en el Registro Único de Proveedores cuando hay contratos con el gobierno, pero que esta herramienta de búsqueda puede ser de utilidad para investigarlos y posteriormente seleccionarlos.

En la entrevista se abordó la cuestión de empresas que obtuvieron contratos semanas antes de que se hiciera efectiva su inhabilitación, a lo que la Coordinadora Anticorrupción señaló que, en estricto sentido, cuando la sanción entra en vigor es cuando ya no puede haber contratos, pero que las empresas y las instituciones involucradas en una contratación hecha poco antes deberían tener la responsabilidad de terminarla.

En otra consulta, esta vez, realizada al abogado independiente Walter Elizondo, éste mencionó que una vez que las empresas incurren en algún acto que la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público debe sancionar, no se les debe adjudicar ningún contrato y menos el recibirles proposiciones.

Además dijo que la Ley es clara y establece sanciones en las que se indica la inhabilitación temporal para participar de manera directa o por interpósita persona en procedimientos de contratación o celebrar contratos regulados por esta Ley, a las personas que se encuentren en alguno de los supuestos siguientes:

Las que proporcionen información falsa o que actúen con dolo o mala fe en algún procedimiento de contratación, en la celebración del contrato o durante su vigencia, o bien, en la presentación o desahogo de una solicitud de conciliación o de una inconformidad.

El abogado originario de Nuevo León también agregó que las inhabilitaciones que se impongan a las empresas o personas proveedoras no deben ser menores a tres meses ni mayores a cinco años.

Finalmente se le planteó el caso de empresas que obtuvieron contratos poco antes de que entrara en vigor su inhabilitación, a lo que Elizondo respondió que el contrato se podría conservar “siempre y cuando la prestación del bien o servicio se realizara antes de la entrada de la inhabilitación, una vez que esta entre en vigor, la Secretaría de la Función Pública debería autorizar con la continuación del contrato, esto también aplicaría cuando las compañías sancionadas son los únicos oferentes en el mercado”. 

Algo que destacó el abogado en esta consulta fue que en los procesos de licitación es muy importante que haya propuestas de calidad en los servicios o productos que se ofrecen ya que la mayoría de las instancias de gobierno “se van por el precio y no tanto por la calidad de los bienes y servicios”.


Créditos

Jennifer Vargas
    Carlos Mendoza | Ilustración
      Leslie Orozco | Verificado
        Francisco Sandoval | Edición

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